Instalaciones de recreación acuática

Los enlaces a las leyes y normas, la mayoría de los documentos y otros sitios web que figuran en esta página solo se encuentran disponibles en inglés.


Resumen

La Mesa Directiva del Estado, en colaboración con el Departamento de Salud, está considerando realizar enmiendas a las normas relativas a la recreación acuática con el fin de adoptar las normativas del MAHC (por su sigla en inglés, Código Modelo de Salud Acuática) de los CDC (por su sigla en inglés, Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades), reflejar las prácticas actuales y mejorar la claridad y la facilidad de uso. La Sección 70.90.120 del RCW le concede a la Mesa Directiva la facultad de aprobar normas para la recreación acuática y ordena al personal que revise y tenga en cuenta la versión más reciente del MAHC de los CDC. El MAHC se actualizó en 2018 y 2023; sin embargo, las normas no se han revisado para reflejar las prácticas actuales. Un comité de asesoramiento técnico se encuentra actualmente trabajando en la revisión de las normas en colaboración con la Mesa Directiva y el Departamento de Salud.

Más información

Autoridad reglamentaria: Secciones 43.20.050 y 70.90.120 del RCW .
Contacto de la Mesa Directiva de Salud del Estado: Ash Noble, ash.noble@sboh.wa.gov
Contacto del Departamento de Salud: Ashlie Laydon, ashlie.laydon@doh.wa.gov

Antecedentes adicionales

Las normas relativas a las instalaciones de recreación acuática y las instalaciones de recreación acuática con contacto regulan las instalaciones acuáticas y de recreación acuática del estado de Washington, tales como piscinas, spas, jacuzzis, zonas de juegos acuáticos, parques acuáticos (incluidos toboganes, lagunas y ríos lentos), zonas naturales designadas para el baño y otras.

Las normas tienen por objeto garantizar la seguridad de los ciudadanos al establecer requisitos relacionados con permisos de construcción y funcionamiento, planes de operación, estándares de la calidad del agua, inspecciones, equipamiento, respuesta a emergencias y entrenamiento del personal. Las normas son necesarias e importantes para proteger la salud, la seguridad y el bienestar de las personas que utilizan las instalaciones de recreación acuática y las instalaciones de recreación acuática con contacto.

En 2016, la Mesa Directiva de Salud del Estado (Mesa Directiva) comenzó a actualizar las normas relativas a la recreación acuática, siguiendo las instrucciones de la Legislatura. Debido al carácter urgente de la pandemia de COVID-19, los recursos debieron ser reasignados, lo que ocasionó una demora en esta labor. En 2016, el personal presentó una CR-101: Declaración de consulta previa a la propuesta para dar inicio a la creación de normas. Las posibles revisiones incluyen, entre otras, las siguientes:

  • Actualizaciones basadas en innovaciones y mejores prácticas del sector
  • Análisis del último Código Modelo de Salud Acuática publicado por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades
  • Requisitos establecidos en la legislación de 2017 relativa a los toboganes acuáticos inflables (Proyecto de ley 1449 [solo en inglés])
  • Mejorar la claridad y la facilidad de uso, incluida la posible fusión de las dos normas en un único capítulo

Si desea obtener más información sobre este proyecto de normas, suscríbase a la lista de correos electrónicos de la Norma de recreación acuática.

Enlaces relacionados

20 de diciembre de 2021: reunión especial del Comité de Salud Ambiental

18 de octubre de 2021: reunión especial del Comité de Salud Ambiental

13 de octubre de 2021: Reunión de la Mesa Directiva

20 de septiembre de 2021: reunión especial del Comité de Salud Ambiental

19 de julio de 2021: reunión especial del Comité de Salud Ambiental

17 de mayo de 2021: reunión especial del Comité de Salud Ambiental

14 de febrero de 2020: reunión especial del Comité de Salud Ambiental